Este lunes 15 comienza en todo el país el empadronamiento especial para recopilar información censal de las personas que, por motivo de trabajo, viaje o internamiento, no se encontrarán en sus viviendas el domingo 21 de octubre, Día del Censo Nacional.
Dicho empadronamiento se prolongará hasta el jueves 18 de octubre y estará a cargo, en algunos casos, de las personas designadas por los mismos centros de trabajo o internamiento o, en su defecto, del jefe de la sección especial designado por el Instituto Nacional de Estadística e Informática (INEI).
En el ámbito laboral, esta facilidad se dará a las personas que trabajen en actividades como energía eléctrica, agua potable, comunicaciones y telecomunicaciones, servicios médicos y hospitalarios, puertos y aeropuertos, taxis de aeropuertos, seguridad y vigilancia, cementerios y morgues, venta de diarios en puestos fijos, así como industrias que no puedan interrumpir sus procesos productivos.
En ese caso, los establecimientos con 20 o más trabajadores que, con carácter excepcional, deban trabajar el Día del Censo designarán a un empadronador dentro de la misma institución, quien censará a sus compañeros de labores.
Si se trata de los establecimientos con menos de 20 trabajadores, el censo estará a cargo del jefe de sección especial designado por el INEI y el empadronamiento será en la oficina distrital de los censos.
En ambos casos, el trabajador deberá dejar la cédula censal en su vivienda para que el domingo 21 sea entregada por sus familiares al empadronador que recorra las casas. En caso de los trabajadores que vivan solos, la cédula deberá ser dejada en la oficina distrital del censo.
Cuando se trate de personas que tengan que viajar por vía aérea el Día del Censo, el empadronador será el jefe de sección especial y el censo se desarrollará (del 15 al 18 de octubre) en las oficinas distritales de los censos.
Para quienes pasarán el día del censo en cuarteles, campamentos, guarniciones, bases militares, destacamentos militares o policiales y buques de la Marina de Guerra del Perú, el empadronamiento también será del 15 al 18 de octubre.
En esos casos, el empadronador será designado por la institución, se les censará en el mismo local del establecimiento y las cédulas deberán ser dejadas en la oficina distrital de los censos.
El domingo 21 de octubre se realizarán los censos nacionales: XI de Población y VI de Vivienda, aunque en el caso de las zonas rurales del día el empadronamiento podrá extenderse hasta 15 días después.
fuente: Andina











