Tras haberse decretado la «inamovilidad de la población» en todo el territorio nacional, entre las 8:00 a.m. y las18 horas del «Día del Censo», no se permitirá el tránsito de vehículos públicos o privados, colectivos o de uso particular.
El Director de la Oficina Departamental de Estadística e Informática del Cusco (ODEI-Cusco), informó que se exceptúan de esta disposición, además de los vehículos del INEI y de las oficinas censales de todo el país, los vehículos de las Fuerzas Armadas, la Policía Nacional y del Cuerpo de Bomberos, así como las ambulancias de los establecimientos de salud, que se encuentren debidamente identificados.
Sin embargo, existen otras actividades que, por las características del servicio que prestan, no pueden detener sus actividades y que por lo tanto deben ser autorizadas con carácter excepcional, a mantenerse en funciones el «Día del Censo».
Estas actividades son: energía eléctrica, agua potable, comunicaciones y telecomunicaciones, prensa, servicios médicos y hospitalarios, hotelería y hospedajes, puertos y aeropuertos, seguridad y vigilancia, cementerios y morgues e industrias que no puedan interrumpir sus procesos productivos.
Asimismo, con carácter restringido, podrán funcionar las agencias de viajes y turismo que brindan servicios a turistas en el marco de programas de visitas a puntos específicos del circuito turístico regular.
Los responsables de todos estos establecimientos que requieren servicios esenciales de apoyo vehicular, solicitarán por escrito, en papel membretado del establecimiento, el Empadronamiento Especial de los choferes que deban trabajar el «Día del Censo» en las mencionadas actividades.
La solicitud deberá presentarse en la Oficina Distrital de los Censos del distrito donde está ubicado el establecimiento a la mayor brevedad posible, antes del miércoles 10 de octubre.
fuente: Diario Sol del Cusco











