La medida se ejecutará en ocho provincias, según el Jurado Nacional del Elecciones (JNE)
El Jurado Nacional de Elecciones (JNE) recordó hoy que los ciudadanos afectados por el terremoto del pasado 15 de agosto no están obligados a pagar multas por omisión al sufragio, inasistencia a la instalación de mesas de sufragio y negativa a su conformación en los procesos electorales de los últimos cinco años.
El máximo ente electoral explicó en un comunicado que la medida beneficia a las víctimas en Chincha, Ica y Pisco, en el departamento de Ica; de Castrovirreyna, Huancavelica (distrito de Acobambilla) y Huaytará, en Huancavelica; y de Cañete y Yauyos, en Lima.
Dada la tragedia vivida en estas zonas, no debe ser un obstáculo para solicitar el duplicado de DNI el pago de multas por concepto de inasistencia o negativa a integrar la instalación de la mesa de sufragio y negativa a su conformación, indicó el JNE.
Agregó, que la medida es en virtud a un acuerdo tomado el 17 de agosto, de conformidad con el artículo 253º y el inciso c) del artículo 390º de la Ley Orgánica de Elecciones (Nº 26859). En ese sentido, dispuso comunicar a la Onpe el contenido del acuerdo para que depurare de su base de datos a los ciudadanos residentes en las localidades mencionadas.
fuente: El comercio de Lima











